CARABINEROS DETUVO A DOS SUJETOS POR EL DELITO DE LEY DE PROPIEDAD INDUSTRIAL EN CAUQUENES

En horas de la tarde de este sábado, en calle Victoria, tras un despliegue rápido y efectivo por parte de los funcionarios policiales.

Carabineros de la Sección de Investigación Policial (S.I.P) de la 4ª. Comisaría de Cauquenes, en circunstancias que realizaba labores investigativas y de seguridad en el sector céntrico, detectaron en calle Balmaceda esquina Victoria, a un sujeto realizando ventas de cadenas metálicas de color plata, procediendo a realizar control de identidad, quien se da a la fuga, siendo detenido en pocos minutos, además se detuvo a un segundo individuo que lo acompañaba, quienes mantenían bolsos y en su interior diferentes perfumes y lentes de sol de diferentes marcas.

Los sujetos de iniciales F.A.M.C de 33 años y V. I.E.E de 23 años, ambos de la ciudad de Chillan, con antecedentes penales por diferentes delitos.

Los sujetos fueron puestos a disposición de la justicia.

#PDI DESARROLLÓ FISCALIZACIÓN A EXTRANJEROS EN EL SECTOR COSTERO DE CHANCO

Detectives de la Sección Migraciones y Policía Internacional (SEPI) de Cauquenes, efectuaron fiscalizaciones en distintos sectores costeros, estableciendo la presencia de 31 ciudadanos extranjeros que se encontraban de manera irregular en el país.

La fiscalización fue realizada en el sector de Punchema de la comuna de Chanco, lugar donde detectives SEPI Cauquenes, fiscalizaron a 31 personas de nacionalidad extranjeras quienes se encontraban realizando trabajos como temporeros en labores agrícolas, no contando con ningún tipo de documentos que los autorice a su ingreso y permanencia en el país.

En la fiscalización, los ciudadanos extranjeros al ser entrevistados declararon haber ingresado a nuestro país por el norte de Chile de forma furtiva y con la única intención de trabajar en labores agrícolas, como además de señalar no haber realizado ningún tipo de trámite referente a regularizar su situación migratoria hasta la fecha de la fiscalización.

En total en la fiscalización fueron denunciadas ante la autoridad administrativa 31 personas de nacionalidad extranjeras por infracción al Art .69 de la Ley de Extranjería por haber ingresado al país de forma clandestina y por EL Art. 70 por realizar actividades remuneradas sin autorización, quedando sujetos a control de firmas mensuales con ese departamento de Migraciones de la PDI.

Crédito a Natalia por su información Foto #EnLiniaMaule

Presidente Piñera promulga ley que crea Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos

Iniciativa permitirá contar con una nueva base de datos administrada por el Registro Civil, la cual informará sobre quienes adeuden tres mensualidades consecutivas o cinco discontinuas, lo que los expondrá a importantes sanciones de carácter patrimonial.

El Presidente de la República, Sebastián Piñera, acompañado por los ministros de Justicia, Hernán Larraín, y de la Mujer y Equidad de Género, Mónica Zalaquett, promulgó hoy la ley que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, la cual sancionará patrimonialmente a quienes adeuden estos pagos.

La nueva normativa, que busca mejorar la eficacia del sistema de cumplimiento en el pago de pensiones de alimentos y alivianar la carga que actualmente tienen miles de mujeres, permitirá crear una nueva base de datos administrada por el Registro Civil, la cual dará cuenta de quienes adeuden tres mensualidades consecutivas o cinco discontinuas.

De esta forma, los deudores se expondrán a una serie de sanciones de carácter patrimonial que facilitarán los pagos, y que afectarán la solicitud de créditos, devoluciones de impuestos, compraventa de vehículos e inmuebles y remuneraciones, además de licencias de conducir y pasaportes.

Al respecto, el Primer Mandatario señaló que “el objetivo es simple y claro: ayudar a esas madres e hijos, obligando a los padres a cumplir con sus deberes y terminando con la impunidad de las pensiones de alimentos impagas”.
 
Agregó además que “sin duda son medidas duras pero justas y necesarias para lograr que las pensiones de alimentos se paguen oportunamente, terminando así con la impunidad actual, y hacer justicia a esos cientos de miles de niños y niñas que no reciben el apoyo que deben recibir de sus padres, y a esos cientos de miles de madres, que por largos años han debido enfrentar solas la mantención de sus hijos e hijas”.

Dentro de las medidas más importantes contra los deudores, y que incluye la ley, destacan:

• Al solicitar un crédito bancario por una suma igual o superior a 50 UF, la entidad financiera retendrá parte de los fondos para pagar la deuda.

• Durante el proceso devolución de impuestos, la Tesorería también retendrá parte del dinero que se adeude.

• Si el deudor vende su inmueble o su vehículo, el Conservador de Bienes Raíces o el Registro Civil, respectivamente, podrán inscribir el traspaso, solo en la medida que se les acredite que con las ganancias se pagarán los alimentos.

• No se les otorgarán licencias de conducir ni pasaportes, a menos que se acredite frente al tribunal la necesidad de tales documentos.

• Se retendrán las remuneraciones de los gerentes generales o directores de sociedades anónimas abiertas con transacción bursátil cuando tengan deudas alimenticias.

• Se establece la inhabilidad para recibir determinados beneficios económicos o bonos por parte de órganos de la Administración del Estado.

• Los órganos de la Administración del Estado, Poder Judicial y Congreso Nacional que quieran realizar contrataciones, promociones o ascensos de su personal deberán consultar previamente dicho Registro, y en caso de la persona en cuestión sea deudora, para acceder al cargo retendrá un porcentaje de su sueldo para pagar la deuda de alimentos, hasta extinguirla completamente.

• En el caso de los trabajadores con contrato a honorarios y/o personas que reciban pensión de vejez, invalidez o sobrevivencia, sufrirán retenciones de sus pagos para saldar las deudas de pensión alimenticia.

• Si una persona es despedida de su puesto de trabajo, y a la vez es deudora, pagará la pensión alimenticia a través de la indemnización por años de servicio.

• La ley modifica el Código Civil, incorporándose la deuda de pensión de alimentos a los créditos de primera clase.

• Finalmente, se establece como parte de la evaluación de idoneidad que se realiza a los solicitantes que postulen a la adopción de un niño, niña o adolescente, la verificación de no encontrarse inscritos en el Registro.

Bodas de Oro Nuevos Montos y Plazos

El nuevo valor rige desde el mes de octubre y puede ser solicitado a través de una videoatención en www.ips.gob.cl.  Así lo destacaron las autoridades del sector, quienes además, informaron de la extensión del plazo para postular al beneficio.

A contar de octubre pasado, el monto reajustado del Bono Bodas de Oro, asciende a $353.996 por matrimonio, valor que se paga en partes iguales a ambos cónyuges, y cada uno recibe $176.998. 

Así lo informó la Seremi del Trabajo y Previsión Social, Ana Paola Ponce Rojas, quien destacó que a nivel nacional el beneficio ha llegado a más de 31 mil personas durante este año, sobre 2 mil 300 en la región.

La autoridad comentó asimismo que “debido a la contingencia sanitaria y con el objetivo de que las personas no pierdan el derecho a solicitar el Bono Bodas de Oro, la Superintendencia de Seguridad Social amplió hasta enero del 2023 el plazo para solicitar el beneficio”. 

De esta forma, quienes hayan cumplido 50 años de matrimonio entre el 8 de febrero de 2019 y el 31 de diciembre de 2021, tendrán plazo hasta el 3 de enero de 2023 para presentar la solicitud respectiva.

Respecto a este mismo tema, el Director Regional del IPS Maule, Waldo Quevedo Araya, precisó que los matrimonios que tienen emitido el pago de su bono a contar del 8 de febrero 2020 en adelante y que no hubiesen cobrado en el plazo legal de 6 meses, igual podrán hacer efectivo el cobro.  Este nuevo plazo se extenderá hasta 6 meses después de la fecha de término de la alerta sanitaria, es decir, estimativamente hasta el 3 de julio de 2022.

En cuanto a beneficiarios, el Director de la red ChileAtiende del IPS en la Región del Maule, indicó que “el Bono Bodas de Oro ya ha sido entregado a 2 mil 384 personas, de ellas 2 mil 376 son matrimonios y 8 son personas viudas.  Invitamos a todas las parejas que cumplan con los requisitos, especialmente a quienes se verán favorecidos con esta extensión de plazos, a solicitar el beneficio por medio de nuestra Sucursal Virtual, sin salir de casa, sólo deben ingresar a la sección “Videoatención” en nuestra página web www.ips.gob.cl” subrayó.

Requisitos y cómo solicitar el beneficio

Además de acreditar 50 años de matrimonio y convivencia (no pueden estar separados, ni divorciados), se requiere que estén inscritos en el Registro Social de Hogares (RSH), pertenecer hasta el 80 % más vulnerable de la población, y tener residencia en Chile cuatro de los últimos cinco años antes de solicitar el bono.

Luego, y si cumplen con esos requisitos, las parejas pueden solicitar el Bono Bodas de Oro a través de la Sucursal Virtual, ingresando a la sección “Videoatención” en www.ips.gob.cl. Este servicio está disponible de lunes a jueves, entre 8:00 y 18:00 horas, y los viernes hasta las 17:00 horas.

También se puede solicitar presencialmente en cualquier sucursal de la red ChileAtiende del Instituto de Previsión Social.

Cabe señalar que, al momento de realizar la solicitud, independiente de la vía por la que se efectúe, se procede a verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos en la ley. Para más información sobre el Bono Bodas de Oro, las personas pueden ingresar a www.ips.gob.cl, www.chileatiende.cl y redes sociales ChileAtiende en Twitter, Facebook e Instagram.

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